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 “LAS  TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN (TIC) AL SERVICIO DE LA INSPECCIÓN DEL TRABAJO”

GRACIELA CRISTINA  ANTACLI 

 

RESUMEN

En un mundo de cambios vertiginosos las nuevas tecnologías se expandieron en todos los campos, incluido el sector público. Las tecnologías de la información y comunicación (TIC), en particular, perfeccionan el funcionamiento y gestión de los servicios públicos y fortalecen los sistemas de administración laboral y de protección social al tiempo que contribuyen a la toma de decisiones. 

La OEA señala que la aplicación de las TIC al Gobierno electrónico tiene como objetivo en la gestión: incrementar la eficiencia, la transparencia y la participación ciudadana.

Por su parte, la inspección del trabajo es un elemento fundamental del sistema de administración del trabajo, cuya función principal es garantizar el cumplimiento, la promoción y el mejoramiento de la normativa de orden social. Por ello, se propone en ésta presentación analizar las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) que impactan en las inspecciones del trabajo; se indagará el valor agregado que otorgan a dicha función y se detallarán las recomendaciones para mejorar su utilización. A su vez, se describirá el “Inspector digital” y su procedimiento en nuestro país    

 Las innovaciones tecnológicas constituyen un reto y una oportunidad para la Inspección de Trabajo, pues facilitan la gestión y fortalecen las funciones inspectivas y  además, proporcionan un conocimiento más integral de las relaciones laborales y del sistema de protección social.

 

Palabras clave: Inspección de Trabajo;  gobierno electrónico;  tecnología; Tecnologías de la Información y Comunicación.

 

 

  • INTRODUCCIÓN

 

 

Se entiende que la política laboral es una forma de las políticas sociales, que tiende a solucionar los problemas sociales, principalmente erradicar la pobreza y mejorar los niveles de vida, alcanzando el bienestar. Por ello el Estado no puede estar ajeno a la relación laboral ya que la política laboral es una de las políticas esenciales del Estado por medio del cual asegurará las condiciones dignas, seguras, salubres y equitativas de labor

La causa que justifica y da razón de ser al poder de policía, surge del mandato de la Constitución Nacional: “promover el bienestar general”. El Estado debe ejercitar todas aquellas acciones que le permitan lograr el bienestar general de la sociedad y  privilegiando el interés general, limitarán el uso y goce de los derechos individuales. 

          En dicho marco y conceptualizando la noción de policía del trabajo Medina Mailho afirma “…La forma de lograr el cumplimiento que persigue la política laboral es justamente a través del “mantenimiento del buen orden de las relaciones de trabajo”…Continúa: …”el buen orden de las relaciones laborales asegura aptitudes participativas y de colaboración entre los integrantes de las relaciones de producción y a partir de allí la paz social…”

Por otra parte, el Derecho del Trabajo está en permanente elaboración, pues es su característica fundamental, la de ser entre las disciplinas jurídicas, la más sensible a las transformaciones del tiempo y de la sociedad. Asimismo contiene su función tutelar, ya que sus preceptos jurídicos determinan derechos inderogables e irrenunciables, que constituyen el orden público laboral

En concordancia con lo expresado, el Grupo de Expertos en Relaciones Laborales de la Argentina entiende que “…la necesidad de asegurar la vigencia efectiva del principio protectorio, consagrado en la teoría general del Derecho del Trabajo y positivizado en el art.14bis de la Constitución Nación, resulta decisiva a la hora de meditar sobre la importancia de contar con una policía del trabajo sólida y eficaz…

        La inspección del trabajo es un elemento fundamental del sistema de administración del trabajo, su función principal es garantizar el cumplimiento, la promoción y el mejoramiento de la normativa de orden social. Mediante la inspección del trabajo se puede contribuir al progreso nacional, a través de sus esfuerzos  para prevenir la explotación laboral y los accidentes de trabajo, protegiendo a los trabajadores contra la discriminación, el trato injusto y el trabajo riesgoso e inseguro y mejorando sus condiciones de trabajo y su entorno laboral 

El Centro Formación de OIT en el “Programa sobre Administración e Inspección del Trabajo” (LAB/ADMIN-2009) puntualiza que las administraciones del trabajo han logrado creciente notoriedad tanto a nivel nacional como internacional. Con la globalización, los gobiernos han advertido que las administraciones del trabajo son un factor fundamental  para la elaboración e implementación de políticas sociales y económicas.  Por ello  resulta necesario ejercer un cuidado y vigilancia del cumplimiento de las normas laborales 

          En un mundo de vertiginosos cambios como el que estamos viviendo, la tecnología está cada vez más presente en nuestras vidas y en todo tipo de organizaciones. La sociedad de la información y de las nuevas tecnologías se ha expandido a todos los campos de la ciencia, de allí que hoy se hable de biotecnología, de nanotecnología, de tecnología informática y de comunicaciones, de tecnología educativa, etc.

          La palabra tecnología viene del griego tekhne (arte, técnica u oficio) y logos (estudio, tratado). De allí que puede decirse que la tecnología es “el arte, la técnica o la manera de hacer cosas, construir objetos y artefactos que satisfagan las necesidades de personas y comunidades, mediante la aplicación de conocimientos técnicos ordenados científicamente”

          El Diccionario de la Real Academia Española define a la tecnología como el “Conjunto de teorías y de técnicas que permiten el aprovechamiento práctico del conocimiento científico.” Así como el “Conjunto de los instrumentos y procedimientos industriales de un determinado sector o producto.”

          La presencia e importancia de la tecnología es cada vez más profunda y abarcativa en todas las funciones de negocio y niveles de decisión, involucrando también las administraciones públicas, en particular la inspección del trabajo.

          Por ello, se propone en éste trabajo analizar las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) que impactan en las inspecciones del trabajo, se pretende indagar cuál es el valor agregado que otorgan a dicha función y se detallarán las recomendaciones para mejorar su utilización. Asimismo, se describirá el “Inspector digital” y su procedimiento en nuestro país              

          Sostiene Perel “La tecnología ha desafiado no solo al tiempo y a la distancia sino también los fundamentos científicos sobre la mente y la inteligencia” y agrega que puede ser considerado más un objeto cultural que un objeto que guarda datos.

 

II – EL GOBIERNO ELECTRÓNICO 

        

  El Informe de Naciones Unidas sobre e-Gobierno de 2014 lo define como “el uso de las TIC y su aplicación por el gobierno para el suministro de información y servicios públicos a los ciudadanos”. 

        

          De una manera más amplia alude al e-Gobierno como el uso y aplicación de las TIC en las administraciones públicas para integrar y canalizar flujos de trabajo y procesos, para gestionar eficazmente datos e información, para potenciar la prestación de los servicios públicos, así como expandir los canales de comunicación con vistas a incrementar la vinculación y empoderamiento de los ciudadanos con la Administración

 

          El  e-Gobierno se sostiene en tres pilares:

  • Disponibilidad de servicios en línea.
  • Infraestructura de telecomunicaciones.
  • Capacidad humana.

 

          Ahondando en la definición de e-Gobierno, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE)  lo define como como “el uso de las TIC, particularmente internet, como una herramienta para alcanzar un buen gobierno”

 

          Por su parte, la Organización para los Estados Americanos señala que el Gobierno electrónico es la aplicación de las TIC al funcionamiento sector público, con el objetivo de incrementar la eficiencia, la transparencia y la participación ciudadana.

 

          Sin embargo, el desarrollo del e-Gobierno no es uniforme en todos los países. Por lo general, existe una relación entre el nivel de ingresos de un determinado país, su infraestructura, su educación, literatura en las TIC y el desarrollo del e-Gobierno. Son también esenciales, el compromiso político, la fortaleza de las instituciones y la responsabilidad pública.

 

III – ¿QUÉ SON LAS TIC? 

             La definición del gobierno electrónico ya perfila el concepto de TIC. Las tecnologías de la información y la comunicación se definen, conforme a la Organización de Estados Americanos, como aquellas “tecnologías e instrumentos que permiten el intercambio de datos, voces o imágenes susceptibles de lectura o visualización por otros receptores de un modo similar a quienes fueron los emisores del envío de información”. 

                Las TIC pueden considerarse también como “el almacenamiento y procesamiento de datos e información, en volúmenes y ritmos inalcanzables para el cerebro humano o como la automatización de las actividades realizadas en las oficinas y en el ámbito académico que entre otros incluyen el uso de procesadores de texto, planillas de cálculo, manejo de agendas o preparación de presentaciones, entre las funciones más conocidas”.

              En el marco del Programa de Investigación e Innovación de la Unión Europea 2014- 2020 -Horizonte 2020– se señala que el potencial y las capacidades de los modernos sistemas de TIC siguen creciendo exponencialmente, estimulados por los progresos en los campos electrónico, de los microsistemas, de las redes, la habilidad de desarrollar sistemas ciberfísicos y robóticos cada vez más complejos y los avances en el procesamiento de datos e interfaces hombre-máquina. Dichos progresos permitirán mayores oportunidades para desarrollar la próxima generación de plataformas abiertas sobre las cuales podrán implementarse una multiplicidad de dispositivos innovadores, sistemas y aplicaciones

          La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, en sus Observaciones Generales sobre los Convenios N°. 81 y 129, ha remarcado la necesidad en muchos países de mejorar la recopilación de datos sobre los lugares de trabajo, industriales, comerciales y agrícolas, sin la cual las inspecciones del trabajo encuentran obstáculos para una toma de decisiones justificadas y cuantificadas sobre presupuestos, programación y personal. Sin dudas, el uso de la tecnología de la Información, es una forma de mejorar la gestión de los datos, creando o mejorando los registros sobre los lugares de trabajo. La Comisión ha observado que cuanto más detalladas son las informaciones más eficaz la actividad inspectiva.

 

IV – LAS TIC EN LA INSPECCIÓN DEL TRABAJO COMO VALOR AGREGADO

 

          Es conveniente destacar  que el mero hecho de introducir tecnología en los procesos públicos no es garantía de gozar de estas ventajas. Para que la implantación de nueva tecnología produzca efectos positivos, hay que cumplir diversos requisitos, entre ellos: tener un conocimiento profundo de los procesos de la institución, planificar detalladamente las necesidades de tecnología de la información e incorporar los sistemas tecnológicos paulatinamente, empezando por los más básicos.

             Es así que en la 64° Reunión Plenaria del Comité de Altos Responsables de la Inspección de Trabajo de la Comisión Europea, se analizaba cómo debían ser los instrumentos electrónicos de la inspección para ser provechosas para las empresas y mejorar las condiciones de trabajo. Se llegó a las siguientes conclusiones: 

  1. Fáciles de usar             
  2. Fáciles de acceder. 
  3. Gratuitas o sin costo para las empresas. 
  4. Útiles para la auto-evaluación de riesgos por parte de las pequeñas empresas. 
  5.  Útiles para cumplir con las obligaciones legales en una forma efectiva y no burocrática

           El uso y desarrollo de las TIC es variable es los distintos Estados, en función de la prioridad que se otorgue a la administración de trabajo, a la cualificación del personal y a la resistencia de los profesionales a incorporar innovaciones  tecnológicas en la actividad cotidiana.  

          Se puede decir, que el valor añadido se encuentra en el tipo concreto de tecnología al que se recurra, logrando con ello avances significativos en la inspección. A modo de ejemplo, en España se registran los teléfonos de los afiliados y por medio de la inspección se pueden gestionar trámites a través de ellos. En Uruguay se usaron los teléfonos inteligentes para realizar campañas de sensibilización. 

          En el Informe técnico de la Oficina de OIT (2017) Utilización de tecnologías de la información y de la comunicación en las inspecciones del trabajo. Una visión comparada en torno a países seleccionados”  describe en términos generales el impacto generado por las TIC en la inspección del trabajo, a saber: 

A- El uso de la computadora portátil y la conexión a internet han tenido un impacto sin precedentes, han mejorado la transparencia y multiplicado las comunicaciones entre los administrados y el funcionario.

B- Las TIC han avanzado en la planificación de las inspecciones y generado un mayor acercamiento entre los servicios o autoridades centrales de inspección, con oficinas descentralizadas o regionales. 

C- Han facilitado el trabajo de los inspectores, fuera de las oficinas de inspección.

D-   Se han desarrollado las webs informativas y las redes sociales

E- Han generado colaboración e Intercambio de datos interinstitucionales.

          Particularmente, en nuestro país las tablets, laptops y aplicaciones en dispositivos móviles han hecho nacer al “inspector digital”, como se lo denomina un inspector desprovisto de papeles y cargado de programas y aplicaciones. 

          Por ley 26940  se ha implantado un proceso de automatización, creando un sistema de gestión y de información integrado que se complementa con el aplicativo PNRT (Plan Nacional de Regularización del Trabajo), que permite el ingreso de datos de una inscripción laboral de los trabajadores y empleadores y la interoperabilidad con las instituciones de Seguridad Social (ANSES) y tributarias (AFIP). A ello se suma la incorporación de las administraciones provinciales. Desde 2003 los inspectores de trabajo cuentan con computadora portátil en un proceso de informatización que ha logrado agilidad y rapidez en la notificación de las sanciones y en el archivo de la información obtenida, así como seguridad y transparencia en la gestión. Con las nuevas tecnologías y mediante una creciente automatización de las fases procedimentales, se ha reducido drásticamente el extravío de expedientes y se han minimizado los errores administrativos y de procesamiento de datos e información.

          El aplicativo de gestión PNRT (Plan Nacional de Regularización del Trabajo) permite ahora el seguimiento en línea de todo el proceso inspectivo. A través de las consultas de la aplicación, cualquier autoridad u agente que se desempeñe en el área, puede conocer la historia de un expediente, acceder a los documentos generados en las distintas instancias (actas de inspección, actas de audiencias, providencias, oficios, resoluciones, etc.). También cuenta con información de los usuarios que intervinieron en las distintas etapas 

          Por otra parte, el aplicativo también registra denuncias realizadas por distintas vías (email, call center, personales, escritas, etc.) y emite automáticamente órdenes de inspección a las Direcciones o Delegaciones que deben inspeccionar según la circunscripción que corresponda al domicilio de la empresa. Se realiza un seguimiento de las denuncias y cuenta con un dispositivo de alarmas para que la inspección competente por razón territorial pueda realizar la inspección.

          Cabe señalar que el proceso de inspección incluye el relevamiento (identificación) de trabajadores en el centro de trabajo, levantamiento de acta en su caso y entrega al empresario, y ulterior registro de información en la sede administrativa, en la que se consulta en las bases de datos la situación de los trabajadores identificados cruzando información. El sistema presenta los datos de forma automática, pudiéndose emitir instantáneamente el acta de infracción, en su caso. Esta automatización reduce tiempos de procedimiento inspector y elimina cargas de trabajo.

         Sin lugar a dudas, las nuevas tecnologías y la implantación de la digitalización en la inspección del trabajo permiten un uso más efectivo de sus recursos y de sus herramientas de trabajo. Los inspectores cuentan con información previa, se detectan los lugares donde sea necesaria su intervención o reiterarla. Además cuentan con información legal en sus dispositivos. 

          El inspector en sus visitas puede realizar comprobaciones inmediatas y oportunas, redacción inmediata de actas, entrega y notificación. Todos los datos se almacenan en servidores del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación y administraciones provinciales, los mismos se vinculan con información de ANSES Y AFIP.

         Toda la información que ahora ingresa por los medios digitales, se realizaban en forma manual, insumiendo horas de trabajo y demora en los trámites, en la actualidad se traduce en mayor presencia de los inspectores en los lugares de trabajo, mejor planificación de las actividades. 

           Otra de las particularidades del uso de las TIC  en que en la mayoría de los sistemas de inspección del mundo existen registros de empresas y de trabajadores que se actualizan con los datos obtenidos por los propios inspectores en sus actuaciones.

          En nuestro país, en 2014 se crea el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL). Diseñado para combatir el empleo no registrado, y promover el derecho a un trabajo digno y evitar la competencia desleal entre empresas.

          Se publican las empresas con sanción firme emanadas de la autoridad del trabajo nacional o provincial, RENATEA. SRT, AFIP; dicho listado es renovado diariamente y las empresas (empleadores) sancionadas no pueden acceder a beneficios establecidos en la Ley 26.940 

           En el Informe V, Administración del trabajo e inspección del trabajo, de la 100° Reunión, Conferencia Internacional del Trabajo (2011) se declaraba que la adopción generalizada de la computadora personal y la extensión de las actividades de redes sociales, el uso de internet, de los teléfonos móviles en los últimos veinticinco años, habían tenido un enorme impacto en la gestión de los gobiernos, en particular en la administración e inspección del trabajo. Asimismo reiteraba la necesidad de formación, del mantenimiento de los equipos informáticos y la adopción de medidas de seguridad de la información confidencial.  

          En éste marco y durante los últimos años tanto el impacto de las innovaciones tecnológicas como los cambios sociales y económicos generaron: formas atípicas de trabajo, ruptura de los límites espaciales-temporales de la relación laboral, incremento de formas de labor no subordinadas y pérdida en sus condiciones. Se está frente a cambios de paradigmas en la forma de tutelar del Derecho del Trabajo. Por ello, de acuerdo a su carácter dinámico debe ir evolucionando a medida que surgen nuevas realidades y situaciones laborales

          En tal sentido, la inspección del trabajo como necesario instrumento del Derecho del Trabajo  continuará adecuándose  a tales procesos y cambios. 

          Cabe destacar lo señalado por Elena García: “… El tratamiento y análisis de los datos no debe reducirse al mero apoyo de la función de control, sino que también puede proporcionar un conocimiento más profundo de la realidad socioeconómica del país, sus actividades económicas, la estacionalidad del empleo y demás condiciones de trabajo, …”. 

 

V –   A MODO DE CONCLUSIÓN

 

La OIT incorpora directivas en el sentido que, la administración del trabajo en el cumplimiento del poder de policía por medio de la inspección del trabajo, posee una eficaz herramienta para el desarrollo de las relaciones laborales.  En pos de ello propone: a) los servicios de inspección deben ser lo suficientemente abarcativos como para comprender a todas las actividades; b) los recursos materiales y presupuestarios, son claves para su buen proceso, c) la necesaria capacitación de la inspectores y perspectivas de carrera, d) promover como faz central de los servicios de inspección la faz preventiva y educativa equiparándola a la de control. 

          En consonancia con lo enunciado, entendiendo que el uso de la tecnología es incuestionable y como resultado de años de la implementación  de las TIC  en la inspección del trabajo, la Oficina de OIT  elabora  en 2017 un  informe,  en donde se enumeran las siguientes recomendaciones para mejorar su utilización: 

  1. Extender el uso de las TIC y los e-servicios para una mayor transparencia, apertura, participación del público, difusión de derechos y realización de trámites.
  2. Mejorar el intercambio de datos e información con otras instituciones, públicas y privadas, así como con otros Estados a través de mecanismos de cooperación transnacional.
  3. Extender los sistemas integrados de gestión, en los que la inspección del trabajo no está aislada, sino dentro de un sistema integrado y multifuncional en el que confluyen diversos registros y distintas aplicaciones.
  4. Generalizar la utilización de las TIC en la definición de prioridades y objetivos de las inspecciones del trabajo.
  5. Garantizar la seguridad, privacidad y confidencialidad de los datos mediante la adopción de medidas efectivas.
  6. Promover la utilización de dispositivos móviles y aplicaciones para una mayor eficacia en las actuaciones inspectivas, generalizando la conexión on line con los registros y sistemas existentes en los servicios centrales.
  7. Impulsar el análisis y explotación de datos y utilizarlos para crear fuentes de conocimiento y estadísticas útiles para la inspección del trabajo.
  8. Seguir trabajando en las posibilidades de las TIC en la lucha contra el trabajo informal.
  9. Avanzar en la reducción del papel y en la progresiva digitalización de archivos y expedientes.
  10. Evaluar y analizar permanentemente la rentabilidad de las TIC en términos de incremento de la eficacia de la inspección y de sustentabilidad.
  11. Garantizar que los marcos regulatorios contemplen las oportunidades que ofrecen las tecnologías digitales.

          En paralelo, existe una preocupación en todos los ámbitos cotidianos con el fin de incorporar las nuevas tecnologías en el mundo laboral y  hasta ahora no existen normas laborales que regulen específicamente la nueva realidad socioeconómica 

          Tal como refiere Kahale Carrilo  “los conflictos derivados del uso de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones se agrupan en dos aspectos: a) la forma de trabajar y b) los medios de control empresarial del trabajo.”

          Siendo así, cabe  referir  que en la mayoría de los casos, el legislador, no ha podido brindar un marco regulador para aportar soluciones precisas, queda entonces recurrir a los  aportes de otros agentes sociales.

          En éste punto resulta fundamental la labor de los jueces, ya que es en sede judicial donde se detectan las soluciones ante la variedad de situaciones con el uso de tecnologías.

          Otra de las alternativas importantísimas, es la negociación colectiva, ámbito en el cual las partes involucradas pueden desentrañar el nudo del problema. 

          Sin lugar a dudas, la Inspección de Trabajo  se está adecuando al Gobierno electrónico, favoreciendo los aspectos cotidianos. Ahora bien, el uso de la técnica no debe reducirse a la mejora de los procesos de gestión o de planificación para hacer más efectiva la normativa de orden social, sino que debe proporcionar un conocimiento más profundo y directo de la realidad, pues se encuentra en un lugar privilegiado para ello.  

              Conforme a lo enunciado, las innovaciones tecnológicas constituyen un reto para la Inspección de Trabajo, ya que pueden generar conflictos de intereses e interpretativos, pero facilitan la gestión y fortalecen las funciones inspectoras y, al mismo tiempo, proporcionan un conocimiento más intenso y global del funcionamiento de las relaciones laborales y del sistema de protección social.

 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

ANTACLI, Graciela Cristina. La Ley 26.940 y las autonomías provinciales en la inspección del trabajo. Derecho Laboral y Seguridad Social Nº 3 Abeledo Perrot Buenos Aires. Febrero de 2015 

ELENA GARCÍA, Juan A. La Inspección de Trabajo y las tecnologías de la información y comunicación. Retos y oportunidades  Revista del Ministerio de Empleo y Seguridad N° 128. Madrid. 2017. 

 

KAHALE CARRILLO, Djamil. Las nuevas tecnologías en las relaciones laborales: ¿avance o retroceso? Revista de Derecho.N°25  Barranquilla Colombia.2006. 

MEDINA MAILHO, Ricardo La administración del trabajo y las relaciones laborales. Ed.Lerner. Córdoba 1996

OIT, Conferencia Internacional del Trabajo, 99ª Reunión,  Informe de la Comisión de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones, Informe III (Parte 1A). Ginebra 2010

 

OIT Oficina de la OIT para el Cono Sur de América Latina Utilización de tecnologías de la información y de la comunicación en las inspecciones del trabajo. Una visión comparada en torno a países seleccionados.Informes Técnicos OIT Cono Sur, Nº2. 2017

PEREL, Vicente. L. Las organizaciones neuróticas. Buenos Aires: Ed Macchi 1993.

VALDOVINOS Oscar y otros. “Estado actual del sistema de relaciones laborales en la Argentina”. Grupo de Expertos en Relaciones Laborales  Ed. Rubínzal-Culzoni, Santa Fe. 2008