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UN PROBLEMA IRRESUELTO. PRECARIDAD LABORAL. ENFOQUE HOLISTICO HERRAMIENTAS JURIDICAS

LUIS MARIA VELASCO

“Los hombres deben ser sagrados para los hombres y los pueblos para los
pueblos” Hipólito Yrigoyen

I.- ¿Hay Justicia?
El abordaje de este tema lleva a formularnos una gran pregunta, ¿puede haber
justicia en una comunidad que no haya establecido primero un contrato social
basado en ciertos principios morales esenciales y aunque estos existan, no se
aplican?
Este interrogante, histórico, por cierto, es aquel sobre el cual John Rawls (1921-
2002) edificó su monumental tratado titulado “Teoría de la Justicia” (Rawls, J.,
1.971, cuarta impresión, México, Fondo de la Cultura Económica).
Rawls, considerado como el principal filósofo político contemporáneo, pensador
liberal en el sentido más puro y menos desvirtuado del término, sus
planteamientos acerca de la justicia, son tan vastos, profundos e inspiradores,
que no terminan de explorarse y discutirse.
Podemos decir que dicho autor plantea que el problema principal de la justicia
es la elección del sistema social. El sistema social ha de estructurarse de tal
manera que la distribución resultante sea justa, para lo cual es necesario
establecer una política adecuada e instituciones legales que establezca un proceso económico y social. Sin esta estructura, el proceso distributivo no será
justo por falta de imparcialidad.
En este marco, la igualdad de oportunidades no será solo una igualdad formal.
Esto significa que el orden social deberá ofrecer iguales oportunidades de
enseñanza y cultura a personas similarmente capacitadas, también reforzará y
subrayará la igualdad de oportunidades en las actividades económicas y en la
libre elección de ocupación.
Por su parte, el gobierno debería garantizar un mínimo social, bien por
asignaciones familiares y subsidios o por medios tales como un impuesto
negativo sobre la renta. Según Rawls, la teoría de la justicia como equidad no
favorece, por sí misma, a una economía de mercado o un régimen socialista. La
decisión de cuál sistema de distribución es mejor depende de circunstancias,
instituciones y tradiciones históricas (ver Rawls “Teoría de la Justicia”,
págs.80-81).
A lo largo de su obra, Rawls insiste en que sean compatibles con la libertad de
los otros, y que las desigualdades sociales existentes en la sociedad (producto
inevitable de su dinámica), se zanjen creando condiciones ventajosas para los
más desfavorecidos. A esto agrega el principio de la igualdad de oportunidades,
que ve como pilar de una sociedad justa.
Toda la concepción de Rawls parte de la idea del humano como un ser racional,
capaz de entender estos principios y de acordarlos. Un parentesco con el
imperativo categórico de Kant, que llamaba a actuar siempre y cuando se
estuviera dispuesto a aceptar que aquello que uno va a hacer -fuera lo que fuese-
se convierta en ley universal.

La política de Rawls consiste en “aplicar” dichos principios tallados en piedra a
los diferentes niveles, desde el constitucional, pasando por el legislativo,
gubernamental y judicial, hasta la actividad municipal.
Ni las ideas de Rawls, en descripción somera y limitada, ni el imperativo
categórico de Kant asoman en estos días ni por estos lares, donde la palabra
justicia se repite hasta quedar convertida en un sonido vacío de significado.

II.- Punto Nodal:
Latinoamérica vive atrapada entre una alta desigualdad y un bajo crecimiento
económico y salir de esas situaciones supone reinventar políticas de protección
social para que sean verdaderamente integradoras.
En ese sentido, el reporte del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo
(P.N.U.D) indica que la brecha entre ricos y pobres y la vulnerabilidad que
caracteriza la región quedó en evidencia durante la pandemia de COVID-19.
Esa “trampa”, está alimentada por tres factores que prolongan el circulo vicioso:
a) la concentración del poder, b) la violencia y c) los sistemas de protección
social insuficientes: según el reporte, denominado “Atrapados: Alta
Desigualdad y Bajo Crecimiento en América Latina y el Caribe”, la seguridad
social y la asistencia social deberían ser sistemas complementarios y no
sustitutos.
Luis Felipe López Cabra, Subsecretario General Adjunto de la ONU y Director
Regional del P.N.U.D., sostuvo que las políticas de protección social actuales
brindan protección errática a los hogares y no redistribuyen los ingresos lo
suficiente hacia los grupos de menores ingresos.

La clave es dejar atrás una protección social fragmentada, con un sistema de
seguridad social que deja fuera a muchos trabajadores, al segmentar la fuerza
laboral entre trabajo formal e informal. Los de esta última categoría quedan
excluidos de muchas ayudas.
En tiempos de la pandemia la desigualdad surgió como algo a enfrentar. Como
ya se sabe, desigualdad no en sinónimo de pobreza. Si bien en la desigualdad
hay pobreza, no siempre en la pobreza hay desigualdad.
La pobreza se palia con subsidios y beneficios económicos no contributivos,
como son desde hace años los que se instrumentan en la Argentina y los países
de la región y que esperamos no se interrumpan ya que, en la actual coyuntura,
tendría un efecto catastrófico para miles de personas.
La desigualdad se corrige o supera con cambios estructurales que intervienen en
distintas esferas de la sociedad y que no se aplican directamente a las personas.
Cambios que se refieren al sistema productivo, así como al sistema tributario,
para corregir las diferencias en la distribución de los bienes.

III.- Conocimiento holístico El género del trabajo:
Holístico se suele aplicar a términos como planteamiento, paradigma, concepto
o programa para significar que se utiliza una visión integral y completa en el
análisis de una realidad (Wikipedia, 22/marzo/2017).
Un autor poco leído en Argentina, Jorge Wagensberg Lubinski (1948-2018) fue
un profesor, investigador y escritor español. Licenciado y doctorado en Física
con premio extraordinario por la Universidad de Barcelona, donde fue profesor
de Teoría de los Procesos Irreversibles en la Facultad de Física desde 1981 hasta
2016, escribió docenas de libros. Compositor de aforismos, estas pequeñas frases o sentencias, que el mismo consideraba como “el más científico de los
géneros literarios”, siendo uno de los más difundidos aquel que reza: “Sólo se
puede tener fe en la duda”. En aquellos, habló de las limitaciones de la
especialización y de la importancia del conocimiento holístico en una etapa en
que todos los paradigmas colisionan, se mezclan, se cuestionan y se reinventan.
Una prueba de ello es que durante los meses de la pandemia se produjeron más
conocimientos técnicos y científicos que en toda la historia de la humanidad en
todos los campos del conocimiento.
Para enfrentar los problemas más graves de esta época, los políticos necesitan
equipos que los ayuden a entender esta problemática. Para ser un líder
contemporáneo no es suficiente leer “El Capital”, la obra de Weber o Gramsci o
las veinte verdades peronistas. Se necesita una visión global de las ciencias para
plantease los horizontes y dificultades más trascendentes de nuestras sociedades.
Por ejemplo, avanza aceleradamente la instauración de la cuarta revolución
industrial que transformará la realidad y el mercado laboral en un mundo
globalizado. Ésta generará empleos de calidad para quienes tengan la educación
y la mentalidad adecuadas.
El mayor desafío de nuestros gobiernos y de la sociedad, es educar a la gente
para que pueda enfrentar este futuro líquido y ayudar a los trabajadores y las
trabajadoras a reinsertarse y crecer en la nueva economía.
Mas allá del software y el hardware, que atraviesa todas las etapas laborales, la
agricultura, la industria, y los servicios, en una hibridez que conjuga tecnología
con habilidades blandas; también hay que prestarle atención al “orgware”, la
capacidad organizacional y colaborativa que conjuga esfuerzos de los
empresarios, los trabajadores, el Estado y la comunidad organizada (ver diario “Perfil”. ed. impresa, domingo 04/07/2021, página 14 “Trabajos del Futuro-La
Diagonal”, por Gustavo Beliz).
El trabajo que ya está entre nosotros requiere esta co-creación, con urgencia.
Continúa diciendo G. Beliz que uno de cada cuatro nuevos empleos que se
crearán a partir del año que viene en el mundo, responde a profesiones que no
existían o eran muy incipientes hace apenas una década.
La Inteligencia Artificial (IA) ya está aquí con nosotros, pero no como habíamos
imaginado. Es la columna vertebral de nuestros sistemas financieros, del sistema
eléctrico y de la cadena de suministros del comercio minorista. (ver “Nueve
gigantes”, de Amy Webb, Editorial Paidós Empresa, 1 era edición mayo 2021,
página 384).
Es la infraestructura invisible que dirige el tráfico, que encuentra el sentido a las
palabras que digitamos mal y que determina lo que debemos comprar, mirar,
escuchar y leer. Es la tecnología sobre la cual se construye nuestro futuro, pues
tiene que ver con todos los aspectos de nuestra vida: la salud, y la medicina, la
vivienda, la agricultura, los deportes, etc.
Entonces, es natural pensar en el impacto que tendrá la nueva tecnología en el
empleo y en nuestra capacidad para obtener ingresos, pues, en efecto, muchas
industrias se han visto afectadas.
Los nueve (9) gigantes de la tecnología: Google, Amazon, Apple, IBM,
Microsoft y Facebook, en los Estados Unidos y Baidu, Alibaba y Tencent, en
China, son las que están trabajando en la IA con el fin de propiciar un futuro
mejor para todos, según enuncian, pero algunos países, como China, por
ejemplo, con la IA busca controlar toda la información generada en el país.

Padecemos una trágica falta de previsión. Funcionamos con una mentalidad de
corto alcance, y hacemos planes para pocos años hacia el futuro. Esta
mentalidad, a veces, produce logros de corto plazo, pero entorpece el camino
para asumir la responsabilidad de pensar cómo puede evolucionar la tecnología
y cómo capacitar a la población ante ese avance, ya que nuestras acciones en el
presente pueden tener graves consecuencias en el futuro.
Dos de cada tres niños que están en la escuela primaria trabajarán en empleos
que hoy no existen.
Los países en desarrollo sufren cada vez más las consecuencias de un mercado
laboral fragmentado, de sociedades divididas y con conflictividad social
creciente.
El Consejo Económico y Social (C.E.S.), que promueve el diálogo y la
construcción de consensos basados en la inteligencia colectiva, realizó en mayo
de 2021, un amplio debate sobre el futuro del trabajo y la educación, que generó
cincuenta propuestas específicas para facilitar la creación de nuevos empleos
(https://www.argentina.gob.ar/consejo). Los aportes realizados por
representantes del sector empresario, del mundo del trabajo, de la academia, de
las organizaciones civiles y de la economía popular formarán parte de un
proceso participativo para diseñar una operación de crédito con el Banco
Mundial que permita apuntalar las iniciativas.
Antes, deberá realizarse un cambio estructural del mercado laboral para la
inclusión igualitaria de todas las personas, eliminando al sector informal, en el
que predominan las mujeres, que creció más en los últimos decenios.

En el libro “El género del Trabajo. Entre la casa, el sueldo y los derechos” (Bs.
As., CIPPEC, OIT-ONU Mujeres- PNUD, Talleres Trama, Pasaje Garro
3160/70, CABA, nov. 2019), sus autores plantean cuatro ejes.
El primero busca reducir la doble carga laboral vinculada con la feminización
del cuidado y del trabajo doméstico. El segundo, expone iniciativas vinculadas
con el acceso al trabajo decente, formalización del empleo y la protección social.
El tercero, analiza políticas socio-educativas para promover la igualdad de
oportunidades. El cuarto y último plantea la promoción de un cambio cultural
hacia una sociedad más igualitaria.
Estos “ejes” tienen por objetivo revertir los desequilibrios que existen en la
participación laboral, donde en los sectores socioeconómicos más bajos resultan
mayores y ahí es donde las mujeres tienen más obstáculos y la opción de contar
con espacios de crianza y cuidados podría liberarles tiempo a ellas para su
inclusión laboral.
La pandemia mostró que las mujeres fueron eyectadas del mercado de trabajo-
en mayor medida- que los hombres y, además la gran cantidad, insertas en el
sector informal -no sólo el servicio doméstico- se vieron expulsadas y
sumergidas ellas y sus familias en la pobreza.
Pero la desigualdad ya existía antes de la pandemia, porque esas mujeres no
tenían ninguna protección social, que se disimuló mientras tenían ingresos, pero
que ni bien los perdieron por el aislamiento se evidenció crudamente.
Lo ya dicho, se vincula a la adopción de políticas de cuidado por parte del
Estado que genere puestos de trabajo formal para quienes actúan, por ejemplo,
de cuidadores, que por lo general son mujeres. Me refiero a cuidado de niños, de
ancianos, enfermos crónicos o mentales y discapacitados; modalidades, aunque incipientes, existieron hasta la década del ´90 cuando las políticas de ajuste
estructural implementadas, las eliminaron y dejaron esta atención a cargo de las
familias con el consiguiente peso en las mujeres.
El E.L.A. (Equipo Latinoamericano de Justicia y Género), puso en contexto
distintos datos oficiales que revelan la realidad en que se desempeñan el
Personal de Casas Particulares (Ley N.º 26.844).
El 44% son jefas de hogar y el 87% tienen a cargo hijos/as menores de 18 años.
Esta situación refleja la doble carga de cuidado que enfrentan las trabajadoras
domésticas, que combinan las tareas del cuidado remuneradas que realizan fuera
del hogar con el cuidado no remunerado. Encima, sus ingresos son más bajos
que el promedio de la población asalariada, lo que las posiciona como las
trabajadoras más pobres de toda la economía.
Estas políticas serán un alivio para muchas familias y permitirán mejorar la
inserción de mujeres y hombres en el mercado laboral, permitiendo continuar la
educación, desarrollar otras actividades como deportivas o culturales que hoy no
son posibles por tener que cubrir esos cuidados.
Si los países hacen un esfuerzo amplio, concertado, de replantearse la protección
social, que sea universal, que sea verdaderamente incluyente, que sea
fiscalmente sostenible y además que sea amigable al crecimiento económico,
será la llave que puede empezar a revertir esa trampa, que nos sumerge en la
desigualdad y el nulo crecimiento.

IV.- Herramientas jurídicas.

Para enfrentar situaciones de precariedad laboral, discriminación, violencia
laboral, desigualdades de género, etc., se cuenta con un abanico de normas de
jerarquía constitucional, e internacional.
En ese entretejido arterial profundo, existen diversidad de normas. La reciente
sanción, promulgación y publicación de la Ley N.º 27.580, ratificatoria por
nuestro país del Convenio OIT N.º 190 sobre la eliminación de la violencia y el
acoso en el mundo del trabajo, procura dar respuesta a la preocupación creciente
que produjo en las últimas décadas la visualización de numerosos casos que
afectaron y afectan a personas trabajadoras. Se aclara que dicho Convenio OIT
N° 190, cobró vigencia internacional a partir del 25/06/2021 y en la Argentina
tendrá vigencia a partir del 23/02/2022 (ver el excelente trabajo de la Dra.
Mariela Elvira Sosa “Convenio 190 OIT sobre eliminación de la violencia…” en
Revista de Derecho Laboral, Año II, N.º 2, Junio/2021, página 42 y ss., del
Colegio de Abogados de La Plata, http://www.calp.org.ar/wp-
content/uploads/LABORAL-REV-2.pdf).
El artículo 14 bis de nuestra Constitución, como norma estructural del Derecho
del Trabajo argentino, al ordenar la protección legal del trabajo en sus diversas
formas y poner como destinataria del aseguramiento de dicha protección a la
persona trabajadora, prevé como primer mandato el de condiciones “dignas” y
“equitativas” de labor. Ello nos introduce en las problemáticas de la
discriminación, la violencia y el acoso laboral, que se relacionan estrechamente
con los deberes de trato humano que resguarden la integridad física, mental y
espiritual de quien realiza una prestación bajo subordinación y por cuenta ajena.
En el plano infraconstitucional, la Ley de Contrato de Trabajo contiene
previsiones relevantes que permiten enmarcar y dar cauce al deber de trato en condiciones dignas. En su artículo 75 encontramos, en particular, el deber del
empleador de “adoptar las medidas que según el tipo de trabajo, la experiencia
y la técnica sean necesarias para tutelar la integridad psicofísica y la dignidad
de los trabajadores”, lo cual marca -con los artículos que lo anteceden- el
camino sobre el que transitan las normas protectoras contra todo
comportamiento o práctica encuadrable en las figuras de la “no discriminación”,
por un lado, y de la “violencia o acoso laboral”, por otro lado.
En materia de igualdad y protección contra la discriminación, en nuestro país se
encuentran vigentes varios cuerpos normativos que complementan la protección
constitucional emanada de los artículos 14 bis, 16 y 75 incisos 19, 22 y 23. Los
convenios OIT N.º 19 (sobre la igualdad de trabajo en accidentes del trabajo),
N° 100 (sobre igualdad de remuneración) y N.º 111 (sobre la discriminación en
el empleo y la ocupación), ratificados por Argentina durante el siglo pasado, se
incorporaron a nuestro orden jurídico en materia específica de protección contra
la discriminación, junto con otros convenios que -a propósito de la protección de
ciertos sectores o actividades- también contienen disposiciones
antidiscriminatorias.
En el plano legal, la Ley N.º 23.592 fue el punto de partida de otras leyes ya
citadas en la introducción que pusieron el foco en colectivos que fueron
destinatarios de comportamientos y prácticas discriminatorias arraigadas en
nuestra cultura o más frecuentemente detectadas por los estudios empíricos o la
práctica cotidiana.
La LCT contiene normas antidiscriminatorias específicas en los artículos 17, 17
bis y 81, así como las que establecen agravamientos indemnizatorios para los
supuestos de despidos por embarazo, maternidad o matrimonio (arts. 178 y 182).

Se trata de disposiciones muy relevantes que enmarcan los derechos y deberes
de las partes preservando el respeto por la condición humana de la persona
trabajadora, sin descuidar los derechos de dirección, organización y
disciplinarios del empleador, ni la importancia de su facultad de establecer
diferenciaciones que obedezcan a criterios propios del rendimiento o actitud
desplegada en el desarrollo de la prestación laboral.
Además de las normas, existe una protección contra la discriminación que fue
emergiendo de la práctica judicial de las últimas décadas, principalmente de la
Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la medida en que fueron puestos a
conocimiento de los tribunales diversos casos por parte de las víctimas de
comportamientos y/o prácticas discriminatorias en el ámbito de las relaciones
laborales. A partir de numerosos antecedentes, en los últimos años los
pronunciamientos dictados en los casos “Álvarez c/ Cencosud”, “Pellicori”, y
sus citas, consolidaron pautas materiales y procesales para el abordaje de tales
situaciones.
Para determinar si frente al texto de una norma o a una conducta -que
establezcan cierta diferenciación entre personas o categorías de personas- se da
un supuesto de discriminación permitida o vedada por el ordenamiento, resulta
necesario examinar -dentro del contexto de que se trate- cuál es el “margen de
apreciación” que cabe reconocer al Estado para formular distinciones por
imperativos de bien común o, según el caso, a los particulares para efectuar un
tratamiento desigual.
Dada la existencia o no de tal margen, y en la primera hipótesis definida su
extensión, se llegará a la conclusión acerca de si se da o no un supuesto de
discriminación que corresponda sancionar. La amplitud o estrictez con que se defina el margen determinará hasta qué punto se encuentran jurídicamente
equiparadas las categorías de personas involucradas en el examen de un
supuesto de posible discriminación. A ese efecto, tiene notable relevancia lo
concerniente a la evolución de la organización social, por un lado, y la situación
de los colectivos especialmente protegidos por normas antidiscriminatorias, por
otro lado.

V.- Conclusión.
En Argentina, en particular en contextos de recesión macroeconómica y
pandemia, superar la crisis económica actual o asentar el sistema político se
vuelven metas priorizadas, tajantemente, por la coyuntura.
Las políticas tendientes a acelerar el cambio cultural no son urgentes, pero sí
trascendentales: deben tener un rol primario en la agenda, aunque contribuyan a
garantizar igualdad sustantiva en el largo plazo. Somos testigos de un período de
transición. El límite de lo socialmente aceptable está fluctuando.
Este cambio en las normas sociales es también inestable: hay movimientos que
buscan ampliar derechos, pero también hay retrocesos y movimientos que
buscan reducirlos. La defensa de los derechos y el cierre de las brechas en su
goce entre personas de distinto género es un acto, esencialmente, político.
Esa conquista de los derechos, no es automática. Debe ser accionada y puede ser
propiciada por determinadas políticas.
Sin embargo, la historia reciente (y no tanto) del país indica que para construir
una sociedad más equitativa y sustentable hacen falta; equilibrio fiscal;
reconstrucción productiva; una estrategia de crecimiento; pautas que aseguren el
aumento de la inversión productiva desde los bajísimos niveles a los que ha llegado; acuerdos de largo aliento para planificar la recuperación de los ingresos
reales y como correlato, contención de la inflación.
La gravedad de datos sociales como los de la pobreza no debe generar
confusión: la distribución es la contracara del proceso productivo. La
redistribución (sea vía subsidios u otras transferencias) no puede autosostenerse
si no es en el marco de la generación de riqueza.
Ojalá se cumpla lo que manifestó John Lennon, quien hizo una lúcida referencia
a la importancia del trabajo para la salud mental en una entrevista que le realizó
la BBC de Londres, en el año 1969 “El trabajo (seguro) es vida y sin él no hay
nada más que temor e inseguridad”.

LUIS MARIA VELASCO. Profesor de la Maestría UNTREF.