UNA MIRADA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DESDE EL RECONOCIMIENTO

EMANUEL CAPATTO[1]

Abstract:

La negociación colectiva desde el pensamiento del filósofo y sociólogo alemán Axel Honneth. Los conflictos sociales se explican como luchas profundas por ser reconocidos como sujetos morales y sociales, y no solo por intereses materiales. Tres formas de reconocimiento: a) afectivo o amoroso; b) legal; y c) social o cultural. Llevándolo al campo de la negociación colectiva como un espacio de reconocimiento, se institucionaliza el reconocimiento de los trabajadores con capacidad de deliberar y poder acordar condiciones de trabajo. La negociación colectiva expresa la lucha moral por el reconocimiento, donde los trabajadores exigen ser tratados como sujetos sociales dignos de respeto y valoración, y no como fuerza de trabajo. La justicia social depende de garantizar el reconocimiento en sus tres esferas o formas explicadas. La finalidad es superar el desprecio institucional, moral y social, lo que hace este filósofo es repensar la negociación como forma de reconstruir el tejido social mediante vínculos recíprocos de respeto y solidaridad.

Breve introducción:

            En agradecimiento al Dr. Julio A. Grisolía y en homenaje al Dr. Alberto Chartzman Birenbaum es que participo de otro Congreso de Derecho Laboral y Relaciones del Trabajo. Dos personas de las cuales he aprendido muchos conocimientos.

            Actualmente, estoy trabajando en mi tesis de la Maestría en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales (UNTREF) sobre “La Negociación Colectiva en Argentina desde la teoría de la acción comunicativa” de Jürgen Habermas. A modo de excursus, en dicha investigación, desarrollare la teoría del reconocimiento de Axel Honneth aplicada a la negociación colectiva.

            Por tanto, el presente escrito estará referido a dicha temática, pero abordado desde el pensamiento del filósofo y sociólogo alemán Axel Honneth, quien fuera discípulo de Habermas. Además, lo sucedió como director del Instituto de Investigación Social de Frankfurt.

            Si bien, toma el reconocimiento de Hegel, lo reelabora y fundamenta sobre bases postmetafísicas tomadas del psicoanálisis y de la psicología social.

            Honneth reactualiza la Teoría Crítica con énfasis en la dimensión moral del conflicto social, a diferencia del racionalismo de Habermas. Conocido por su concepción de los conflictos sociales como luchas morales por el reconocimiento.

            En primer lugar, realizaremos una brevísima descripción de la negociación colectiva actual en nuestro país. Luego, nos introduciremos en el pensamiento honnethiano y sus aportes a la negociación, para finalizar con una breve reflexión.

Desarrollo

“El diálogo es el camino hacia la verdad”.

 (PLATON)

Negociación Colectiva actual

Este texto tratará sobre la negociación colectiva, una de las aristas del derecho colectivo del trabajo en nuestro país. Sin querer pretender que este trabajo sea meramente descriptivo, sino más bien reflexivo. Por lo que, de manera escueta nos referiremos a la negociación y sus características.

 Enseña Palomeque[2]– que la negociación colectiva  es el conjunto de relaciones y procesos de acercamiento y diálogo en cuyo seno la autonomía colectiva y los grupos antagonistas sociales (organizaciones de trabajadores y empresarios) produce el convenio colectivo. (…)…es un proceso de relacionamiento, diálogo o acercamiento entre interlocutores sociales o sujetos colectivos, cuya finalidad consiste en alcanzar el perfeccionamiento de un convenio colectivo, que es un acuerdo, pacto o compromiso resultante y que, por lo demás, es en sí mismo nada menos que una norma jurídica particularísima del Derecho del Trabajo, producto de la capacidad normativa reconocida a los interlocutores sociales en ejercicio de la denominada “autonomía colectiva[3]”. 

Las características de la negociación colectiva se pueden resumir en: su carácter protector (cláusulas no reducir los mínimos legales), ultraactividad (cláusulas vigentes aún vencido el plazo, salvo pacto en contrario), representación exclusiva del sindicato más representativo (reafirmada por la CSJN en “Ademus”), y con predominio sectorial.

La negociación colectiva es un proceso, donde hay posiciones e intereses distintos. A lo  largo del tiempo y ante los irreversibles avances tecnológicos estamos ante un verdadero cambio de ciclo. Con peculiaridades disimiles. Enfrenta el desafío de reconfigurarse para abarcar el trabajo digital, plataformas y automatización. 

Creemos que el diálogo social cumple un rol trascendental. Esto se contrapone al monólogo o soliloquio que es la palabra de uno, del solitario. El diálogo como instrumento de consenso, como mecanismo de legitimación democrática y garantía de equidad.

Axel Honneth[4]: su teoría

            Axel Honneth contribuyó con su obra más influyente  sobre la teoría del reconocimiento, en ella plantea que los conflictos sociales se explican como luchas profundas por ser reconocidos como sujetos morales y sociales, y no solo por intereses materiales. Es decir, que el hombre solamente es hombre entre los hombres. Plantea la idea de una lucha por el reconocimiento de los distintos aspectos de la identidad de los sujetos involucrados.

            “Honneth publicó Kampf um Anerkennung. Zur moralischen Grammatik sozialer Konflikte, un trabajo donde presenta el reconocimiento recíproco como motor del cambio social y de los procesos implicados en la satisfacción de los distintos proyectos de vida de las personas”[5].

            Menciona tres formas de reconocimiento: a) afectivo o amoroso: validación emocional básica, base de la autoconfianza; b) legal: igualdad normativa, legitimando a los individuos como miembros plenos de la sociedad, base del autorespeto; y c) social o cultural: valoración por los méritos y las contribuciones de los individuos dentro de una comunidad, base de la autoestima.

            Llevándolo al campo de la negociación colectiva como un espacio de reconocimiento, se institucionaliza el reconocimiento de los trabajadores con capacidad de deliberar y poder acordar condiciones de trabajo, además, permitiendo que sean interlocutores legítimos (igual consideración jurídica y valoración de su aporte, es decir, reconocimiento legal y social). Asimismo, favorece la autoestima colectiva, ya que valida las competencias y la contribución del trabajo frente al capital.

Podemos decir que, la negociación colectiva expresa la lucha moral por el reconocimiento, donde los trabajadores exigen ser tratados como sujetos sociales dignos de respeto y valoración, y no como fuerza de trabajo. “Honneth se preocupa principalmente por lo bueno, por cómo el reconocimiento recíproco de la alteridad se constituye como condición sine quanum de la satisfacción del horizonte de autorrealización de las personas. Cuando a ser humano se le niega el reconocimiento que espera y merece y que impiden su autorrealización práctica, fluyen en él y en los demás sentimientos reactivos contra tal agravio”[6].

            Con lo mencionado anteriormente, vemos a la negociación colectiva como proceso comunicativo de reconocimiento que da sentido a las luchas sindicales. 

            Conforme al pensamiento honnethiano, la justicia social depende de garantizar el reconocimiento en sus tres esferas o formas explicadas. La finalidad es superar el desprecio institucional, moral y social, lo que hace este filósofo es repensar la negociación como forma de reconstruir el tejido social mediante vínculos recíprocos de respeto y solidaridad. El fenómeno de desprecio surge cuando el reconocimiento es negado y se produce una herida que puede llevar al desmoronamiento de la completa identidad de la persona (Honneth, 1992).

            Quisiera compartir el concepto de justicia social de Nancy Fraser, “entendiendo por tal el que las diferentes personas que componen una sociedad puedan recibir un trato igualitario”[7].

Epílogo:

“La justicia depende de la posibilidad de que todos los sujetos reciban el reconocimiento que necesitan para desarrollar su identidad.”  (A. Honneth).

            Me pareció interesante compartir la teoría del reconocimiento del filósofo Honneth referido a la negociación colectiva. Sin dudas, la negociación colectiva es muy importante dentro de nuestro derecho colectivo de trabajo, que es preponderantemente dinámico.

            Donde el trabajador perciba que se le reconocen y respetan los deseos del sujeto, sus necesidades, sus derechos, etc., provocan en él sentimientos de

autoestima, confianza y respeto por sí mismo, lo que lleva a que participe en la vida social con la seguridad de que es un individuo autónomo e igual a los demás. Se produce una verdadera conexión entre el reconocimiento y autorrealización. Seguramente la negociación se va a fortalecer y las partes van a estar en un plano menos desigual.

            Así pues, el diálogo social es clave para anticipar impactos, proteger derechos y negociar reconversiones productivas. Por lo que, se requiere más flexibilidad, inclusión y anticipación, donde se refuerce la dimensión participativa y se adapten los convenios a las transformaciones tecnológicas con garantías protectorias.  

            Por último, dejo una frase de Honneth para compartir…

                        “Para llegar a una autorrealización lograda, el ser humano se encuentra destinado al reconocimiento intersubjetivo de sus capacidades y operaciones. Si en alguno de los escalones de su desarrollo tal forma de asentimiento social queda excluida, esto abre en su personalidad un hueco psíquico, en el que penetran las reacciones negativas de sentimiento tales como la vergüenza o la cólera. Por ello, la experiencia de desprecio siempre va acompañada de sensaciones afectivas que pueden indicarle al singular que se le priva de ciertas formas de reconocimiento social” (Honneth, 1997; 166).

Referencias:

Libros y Revistas:

  • ACKERMAN, Mario E. (director) y TOSCA, Diego M. (coordinador) “Tratado de Derecho del Trabajo”; Tomo VIII; Rubinzal-Culzoni Editores;  Santa Fe; 2007.
  • ARESE, César; “Derecho de la Negociación Colectiva”; Rubinzal -Culzoni Editores; Santa Fe; 2008.

-“Nuevas Tecnologías. Presente y Futuro del Derecho del Trabajo”; Rubinzal – Culzoni Editores; Santa Fe; 2019.

  • BUTLER, Judith y FRASER, Nancy; “¿Reconocimiento o redistribución?. Un debate entre marxismo y feminismo.  New Left Review en español; Traficantes de sueños; Madrid; España; 2000.
  • GRISOLÍA, Julio A.; “Manual de Derecho laboral”; AbeledoPerrot S.A.;  Edición 7ª año 2016. Revisada y actualizada; Buenos Aires.
  • HONNETH, Axel; “La lucha por el reconocimiento” por una gramática moral de los conflictos sociales; Crítica Grijalbo Mondadori; Barcelona; 1992.

[1] Abogado (UCA). Técnico en Comunicación Social (UNER). Mediador. Diplomado en Derecho Colectivo del Trabajo y la Seguridad Social y en Derecho Individual (UNTREF) y Maestrando en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales (UNTREF), entre otros estudios realizados.

[2] Garmendia, Mario en “Tratado de Derecho del Trabajo”; Tomo VIII; Mario E. Ackerman (director) y Diego M. Tosca (coordinador); Rubinzal-Culzoni Editores;  Santa Fe; 2007, pág. 12 cita a Palomeque López, Manuel Carlos; “Derecho Sindical Español”; Ed. Tecnos; Madrid; 1986; pág. 229, pasaje reproducido en Derecho Colectivo del Trabajo. Materiales de Enseñanza, Pontificia Universidad Católica del Perú, Lima, 1990.

[3] Idem, pág. 12.

[4]  Filósofo y sociólogo alemán nacido el 18 de julio de 1949 en Essen, Alemania, reconocido como uno de los principales exponentes de la tercera generación de la Escuela de Frankfurt, además, fue asistente y discípulo de Habermas. Su obra clave: “La lucha por el reconocimiento” (1992).

[5]  Calvo, Patrici; “Reconocimiento recíproco en Habermas, Honneth y Cortina: de lo justo, lo bueno y lo cordial”; Universitat Jaume I de Castelló; pág. 67.

[6]  Idem, pág. 75.

[7] Butler, Judith y Fraser, Nancy; “¿Reconocimiento o redistribución­­. Un debate entre marxismo y feminismo?.  New Left Review en español; Traficantes de sueños; Madrid; España; 2000; pág. 8.