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TRABAJO DECENTE: UN PARADIGMA DE BÚSQUEDA A LA LUZ DE LA PRECARIZACIÓN LABORAL

DR. ALBERTO CHARTZMAN BIRENBAUM

ABSTRACT

El presente trabajo involucra las cuestiones inherentes a la propuesta del
trabajo decente de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), como una
alternativa para revalorizar el trabajo a través del fortalecimiento de los
derechos sociales de los trabajadores. Se resalta la importancia de este
enfoque y se confronta como paradigma de búsqueda, en construcción, frente
a la precarización laboral y la crisis devenida por el reconocimiento de nuevos
modos de contratar en el mercado de trabajo, involucionando los estamentos
básicos del trabajo digno en condiciones de igualdad y equidad.

 

I.- INTRODUCCIÓN
Es necesario que el derecho del trabajo efectúe una mirada sobre los modos
actuales de trabajar ante la crisis, donde el concepto se confronta, por el
reconocimiento de nuevos modos de contratar y mercados de trabajo
segmentados, para determinar principalmente el grado de satisfacción que el
trabajo honra en sus diversas categorías.
El trabajo decente demanda en la práctica: acordar protección laboral y social
suficiente (seguridad social, negociación colectiva, salario social, entre otras
medidas consideradas como derechos laborales básicos). Después, debe
ocuparse de rescatar la participación del trabajador en el seno de la empresa,
en la télesis de una comunidad de personas, erradicando la visión mercantilista
de las relaciones laborales, hacia un modelo con rostro humano (Levinas)
Se destaca en el trabajo la potencialidad conceptual del término a partir de
elementos lingüísticos, jurídicos y transformadores, demostrando que no se
agota en la declaración de derechos fundamentales de la OIT ni en el ajustado
cumplimiento de la normativa laboral.

La creciente subcontratación y flexibilidad laboral, aunada a una desigualdad
económica constituida como uno de los grandes problemas estructurales de
América Latina, crean un escenario que cuestiona la posibilidad de concreción
del proyecto de Trabajo Decente que intenta llevar a cabo la Organización
Internacional del Trabajo (OIT), desde hace años.
Sin embargo, aún persiste alguna asimetría y brecha entre las legislaciones y la
realidad, que no ha logrado el equilibrio necesario que permita el avance de la
inclusión de todos los actores sociales involucrados.
En la última parte del pasado siglo se produjo un impresionante avance
económico y tecnológico. Se han creado muchas oportunidades económicas
nuevas. Pero el ritmo del progreso social se ha rezagado en comparación con
el acelerado ritmo de la nueva economía global. No todos los hombres ni todas
las mujeres han podido cosechar los beneficios del progreso económico. Las
desigualdades dentro de los países y entre unos países y otros han aumentado
y, para muchos, la mundialización y la reestructuración económica han traído
consigo una creciente inseguridad, incertidumbre o marginación. En algunas
circunstancias la mundialización ha reducido las desigualdades por razón del
género, en particular en aquellos países donde ha llevado a un empleo sin
precedentes de la mano de obra femenina, pero en otros casos las ha
intensificado. El progreso hacia el logro de la igualdad entre los géneros está
lejos de haber sido un esfuerzo sostenido.
Por su parte, el envío de los niños y adolescentes al mercado de trabajo en
forma prematura, es uno de los eslabones fundamentales de los circuitos de
reproducción intergeneracional de la pobreza, y el mal desempeño en la
escuela es su estigma. Los niños trabajadores ven amplificados los
padecimientos que sus condiciones de partida desfavorables les imponen. Y se
potencian por las consecuencias de la ocupación temprana y la imposibilidad
de afrontar caminos de desarrollo alternativos que puedan subvertir el signo
negativo de las oportunidades iniciales. ¿ es esto trabajo decente?
El modelo de desarrollo económico basado en la economía de mercado
globalizada está afectando de manera sustancial el empleo: el crecimiento de
la producción y el consumo se acompaña de crecimiento del desempleo
estructural, inestabilidad y precarización e inequidad en el acceso a los
beneficios del desarrollo para grandes sectores de la población

II.-EL PROGRAMA DE TRABAJO DECENTE DE LA OIT
En el marco de este proceso de formación de una nueva cultura civilizatoria, en
la que teoría e historia van configurando nuevos escenarios de conocimiento y
realidades sociales, otra importantísima institución supranacional, la
Organización Internacional del Trabajo, adoptó en su 87a reunión anual, en
1999, el Programa de Trabajo Decente (OIT, 1999a), con el cual se
compromete a promover las condiciones que brinden oportunidades para que
los hombres y las mujeres puedan conseguir un trabajo digno y productivo en
condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana. Todas ellas
son aspiraciones que el ser humano tiene derecho de alcanzar
Puede concluirse primariamente, en cuanto al alcance subjetivo del concepto,
que trabajo decente implica en lo sustancial que todos los que trabajan tienen
derechos, subrayándose así el carácter fuertemente ético-valorativo del
concepto. Trabajo decente es el que satisface o colma con creces las normas
básicas sociales, con lo que se fija un umbral para el trabajo y el empleo que
abarca derechos universales y que, para una sociedad dada, es coherente con
sus valores y objetivos. El trabajo decente se basa en las realidades, valores y
objetivos de una sociedad dada. Pero es un concepto dinámico, cuyo contenido
evoluciona con el progreso social y económico de un país dado. La agenda del
Trabajo Decente pone la igualdad entre los géneros y los problemas del
desarrollo en el corazón de la agenda de la OIT.
¿Cómo puede lograrse el objetivo de promover un trabajo decente? En la tarea
de la OIT, esto se concibe como la síntesis de cuatro objetivos estratégicos:
conseguir que se respeten los principios y derechos fundamentales en el
trabajo; crear mayores oportunidades de empleo y de ingresos para hombres y
mujeres; extender la protección social; y promover el diálogo social.
El término trabajo decente es un concepto en construcción, de carácter
integrador y de amplio contenido ético y de justicia social. Así, varios
investigadores han tratado de abordarlo.

Entre los que han abordado e interpretado este término se destaca también
Amartya Sen (2000: 130), quien señala que este concepto tiene un sentido
universal, ya que alcanza a todos los trabajadores; asimismo, permite a la vez
realizar análisis económicos y éticos: "Es, sin duda, un objetivo que abarca a
todos los trabajadores, sea cual sea el modo y el sector en donde trabajen: el
trabajo asalariado, por cuenta propia y a domicilio, ya sea en la economía
regular o en el sector no estructurado (informal)". Agrega: La segunda
característica conceptual en que se debe insistir es la idea de los derechos.
Además de trazarse los objetivos generales de la OIT, el ámbito del
razonamiento práctico se extiende más allá de la suma de estos objetivos, para
defender el reconocimiento de los derechos de los trabajadores. Lo que
confiere especial significación al planteamiento es que no se limita a los
derechos plasmados en la legislación laboral vigente, ni a la tarea (…) de
establecer nuevos derechos jurídicos mediante leyes nuevas. El marco que se
establece parte de la idea de que existen algunos derechos fundamentales que
deben reconocerse aunque no estén proclamados en la legislación porque son
consustanciales a toda sociedad decente (Sen, 2000: 133)
Agrega luego que el marco de la concepción fundada en derechos se extiende
desde el aspecto jurídico hasta las reivindicaciones éticas que trascienden el
reconocimiento jurídico (ética social).
Por ello concluye Sen “invocar la idea de los derechos en el documento trabajo
decente no está ni en tensión con el amplio marco ético basado en objetivos ni
tampoco ha sido excluido por la necesidad de obligaciones perfectas,
supuestamente necesarias para que la idea de los derechos tenga sentido” .
Después de la 87ª reunión de la OIT, esta organización ha elaborado varios
documentos en los que se profundiza en el concepto. Asimismo, en la Memoria
del Director General a la 89ª reunión de la Conferencia Internacional del
Trabajo, en 2000, se presentó una nueva metodología en la que el trabajo
decente debe entenderse como un concepto integrador, en cuya realización es
necesario combinar aspectos relativos a los derechos, el empleo, la protección
y el diálogo en un todo; además, debe constituir una meta, un marco para la
definición y la actuación de políticas, un método de organización de actividades

y programas, y una plataforma para la asociación con otras entidades (OIT,
2000: párrafos 1.1 y 3.5).
Sin embargo, todavía y como hemos señalado, estamos frente a un concepto
en construcción, un paradigma de búsqueda, porque la mayor parte de las
legislaciones del mundo, fueron involucionando aquella concepción ético
valorativa, abriendo paso a formas precarias de contratación en pro de una
flexibilización laboral, que sin dudas ha coadyuvado a la baja de los derechos
fundamentales de los trabajadores
En esta misma línea de reflexión encontramos a Ghai (2003 y 2005), quien
contempla el trabajo decente como un mecanismo que promueve los derechos
y la seguridad del trabajo. En sus estudios hace referencia a que el trabajo
decente es un modelo aplicable a todas las sociedades, ya que es voluntad
general de los pueblos oponerse al trabajo forzoso e infantil, a la falta de
libertad, a la discriminación y a las condiciones precarias en un sentido amplio.
Así, este concepto presenta un sentido de aspiración universal.
Se suman Egger y Sengenberger (2002), quienes plantean que el término
trabajo decente puede caracterizarse como un anhelo de la gente, como metas
o propósitos por ser cumplidos, o como plataforma para el diseño de políticas.
Por su parte, Espinoza (2003) sugiere que el trabajo decente es una matriz que
integra diferentes aspectos relacionados con la calidad y la cantidad de los
empleos, pero también, y de manera fundamental, las relaciones sociales y, en
última instancia, el tipo de sociedad y de desarrollo al que se aspira y se tiene
como objetivo.
Es decir, este enfoque reivindica el trabajo como una parte primordial de la
trayectoria personal de vida, a la cual le dedicamos gran parte de nuestro
tiempo, pero que además tiene como atributo ser pilar de integración social; en
lo individual, es un elemento central de la autoestima personal vinculada a la
realización de las preciadas aspiraciones. Contar con la oportunidad de
acceder a un trabajo decente constituye un acto de libertad que la sociedad y
sus instituciones son responsables de proveer.

En síntesis, la OIT, al hablar de trabajo decente, se refiere al conjunto de
oportunidades y capacidades que los individuos tienen derecho de alcanzar en
la sociedad para poder tener acceso a la equidad, la libertad, la seguridad y la
dignidad, un conjunto de derechos sociales cuya responsabilidad real es de la
sociedad.
De esta manera, la propuesta de trabajo decente de la OIT está en completa
sincronía con la teoría del desarrollo humano del PNUD y el IDH (índice de
desarrollo humano), y como ésta, en el ámbito de las relaciones laborales, ha
logrado presentar una propuesta teórica sistémica de la que se desprenden
políticas públicas y privadas integrales y complementarias para la consecución
de sus objetivos. Es decir, el Programa de Trabajo Decente hace una amplia
convocatoria para impulsar la regulación de factores económicos,
institucionales, políticos, sociales e individuales a los distintos actores que
participan en la sociedad, y rinde tributo a la teoría del desarrollo humano.
Entonces, el espacio societal en el que los individuos desarrollan sus
aspiraciones tiene por lo menos cuatro dimensiones que participan en la
regulación sistémica y que requieren de:
• Una política macroeconómica estable que promueva y no obstaculice el
crecimiento económico global y sectorial.
• Instituciones que, en el marco de la democracia, promuevan los derechos
humanos, sociales y colectivos de los individuos, con instituciones sólidas y
leyes claras y universales.
• Una democracia que promueva, facilite y haga del diálogo social el medio de
solución de controversias que redunden en la definición de políticas públicas y
privadas para la creación de oportunidades y de capacidades para todos los
individuos.
• Una orientación del crecimiento personal que permita el bienestar material,
social y espiritual de los seres humanos y el impulso del compromiso y la
solidaridad.

Es así como la noción de trabajo decente ha significado una ruptura con las
condiciones actuales de las relaciones laborales que han sido provocadas por
la globalización económica, lo que ha permitido incluir en el debate laboral
cuestiones claves como la libertad de expresión y participación, la equidad, el
derecho al trabajo y la protección social. Desde esta perspectiva, lo ético es
tener acceso a un trabajo y que éste sea digno, es decir, que garantice las
condiciones materiales necesarias que el empleo debe generar: salud,
alimentación, vivienda, así como las condiciones esencialmente humanas:
educación, recreación y cultura. En consecuencia, el anhelo de trabajo decente
se ha transformado en una herramienta de cambio respecto a las tendencias
deterministas de los mercados globales y abre una amplia perspectiva al
reconocimiento de los derechos sociales del hombre y de la importancia de las
instituciones para lograrlo.
El trabajo decente demanda en este nivel acordar protección social suficiente,
entendiendo por tal a una “intervención colectiva de la sociedad a fin de
proteger a sus ciudadanos de diversos riesgos y vulnerabilidades, mantener su
bienestar y aumentar su capacidad de hacer frente a los riesgos” .
El vínculo protección social/seguridad social ha sido destacado por Ermida
Uriarte cuando propone la utilización del segundo término como indicador del
primero. El art. 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos señala
que “toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad
social; el art. 9 del Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y
culturales refiere al “derecho de toda persona a la seguridad social, incluso al
seguro social”; se trata de cubrir los riesgos de la vida en sociedad, con
independencia de la calidad de asalariado de la persona. Por ello en este
extremo de la diferenciación social, el ámbito subjetivo de aplicación de trabajo
decente incluye al trabajador autónomo, informal o cuentapropista, que
presenta menores niveles de protección y de amparo al estatuto mínimo tutelar
III.- LA CARA COMPLEJA DE LA PRECARIZACIÓN Y FLEXIBILIDAD
LABORAL

Cuando se habla de flexibilización, un primer grito de alerta lo encontramos en
las bases sindicales; y un ejemplo de ello lo ha sido el esbozado y llamado “Ley
de Primer Empleo” ( un deya vú . término francés que significa ya visto…ya
vivido con anterioridad)
En los organismos internacionales se habla de trabajo temporario, de
empleabilidad, de tercerización, de las búsquedas y de la selección para
puestos transitorios. Hay millones de jóvenes que no pueden conseguir trabajo,
que no se pueden incorporar al mercado Hoy un joven pasa por cinco o seis
actividades sin tener algún puesto mucho más determinado.
Un ejemplo patético en nuestra Argentina es el caso de ALICORP (EX Jabón
Federal) mientras se elogian las inversiones millonarias de la firma. Se olvida
considerar las condiciones de trabajo de los operarios.
La toma se hace donde le conviene al político de turno y los CEO. En este caso
la situación hoy en día es compleja e injusta para los trabajadores de la fábrica.
Es muy violento observar el contraste de brazos robóticos de última tecnología
apilando decenas de pallets de producción durante las 24 h., mientras en el
medio los trabajadores sufren permanentemente la polución. También hay
sectores muy hostiles donde este duro invierno ha pegado muy fuerte, tanto es
así que ni siquiera la muda de invierno alcanza, sino que los operarios han
tenido que acudir a sus propias calzas térmicas, gorros, cuellos polares, etc.
Hay que recordar que en esta planta de San justo se trabaja las 24 h del día en
turnos rotativos, o sea que los trabajadores están expuestos al frío en cualquier
momento del día y noche Hay un departamento de seguridad en
funcionamiento actualmente en planta pero los supervisores parecen estar más
ocupados en la detección de operarios que no usan sus protectores auditivos
que relevando el estado general de una fábrica que, dicho sea de paso, nunca
se ha revisado desde que se inauguró, con el resultado de estructuras
oxidadas , obras sin finalizar, polución, etc.
Los trabajadores de Alicorp fueron conocidos por enfrentarse al régimen de
contrato eventual mediante la agencia Adecco que utiliza la empresa para
abaratar costos y flexibilizar las condiciones de empleo. Luego que salieran a

luz las entrevistas a los delegados de la interna, el Ministerio de Trabajo tuvo
que acudir a la empresa en pos de verificar el estado en que están los
trabajadores. Una vez más, queda claro que son los trabajadores los únicos
que pueden defender y pelear por sus condiciones de laborales, sin esperar
nada de los funcionarios del gobierno.
Recientemente se ha incorporado en nuestro ordenamiento la Ley de
Emprendedores.- Apoyo al Capital Emprendedor, ( ley 27349)
http://www.produccion.gob.ar/quieroemprender/)
sancionada a fines de marzo y promulgada a través del decreto 252/17 del
12/04/17
En la redacción de la ley, se establece que serán considerados micro,
pequeñas o medianas empresas, aquellos emprendimientos que reúnan los
requisitos de la ley 25300 ( Ley de Fomento para las Mipymes), aún cuando se
encuentren vinculados a empresas o grupos económicos que no reúnan tales
requisitos.
Esta última contradice el art. 1 de la ley 25300 que prohíbe expresamente esta
vinculación. No obstante, lo que se busca es incorporar los beneficios de la Ley
de Emprendedores a las empresas satélites de los grandes grupos económicos
o de las grandes empresas. Una gran empresa o grupo económico puede
armar una institución de capital emprendedor para financiar o capitalizar a
varios de sus proveedores o empresas vinculadas, camufladas bajo la forma de
pymes emprendedoras, y además gozar de las exenciones impositivas
propuestas en la nueva norma.
La ley de Emprendedores, crea las Sociedades por Acciones Simplificadas
(SAS). Se indica que el capital de una SAS no podrá ser inferior al equivalente
a dos salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM), un monto ridículo, a la vez
que no se impone límite alguno sobre el capital máximo, Sociedades anónimas
con capital de dos SMVM que podrán emitir acciones, dado que no hay ningún
piso de capital para tal emisión.

Más aún, se establece que las sociedades constituídas conforme la Ley de
Sociedad Comerciales n° 19550 podrán transformarse en SAS, siéndoles
aplicables las disposiciones de la ley que nos ocupa.
Se crea la figura jurídica de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), que
permitirá la conformación vía internet de una empresa en 24 horas. Esto
incluye la apertura de una cuenta bancaria en el acto y el CUIT. Puede tener un
único socio, con un capital mínimo de dos salarios mínimos, vitales y móviles.
Además, se podrán digitalizar firma, libros y poderes. En la actualidad el trámite
lleva entre 6 meses y 1 año, más los costos asociados
Esta es una propuesta que busca allanar al máximo la constitución de
empresas y disminuir los controles y la carga tributaria sobre éstas. Lleva
inexorablemente a correr muchos riesgos, entre los cuales se destaca la
posibilidad de que las SAS lleguen a ser utilizadas como “fachada” para la
ejecución de actividades ilícitas y para la elusión de los aportes a la seguridad
social de los trabajadores. Así ha sucedido en muchos de los países en los que
se ha implementado este tipo de sociedades.
Como ejemplo, puede utilizarse la experiencia en Colombia, más precisamente
en la ciudad de Bogotá, donde las empresas de salud están pidiendo a sus
médicos y enfermeras crear SAS. Y, más allá de las características propias de
cada país, el mensaje es claro: las grandes empresas podrían tener una legión
de “emprendedores” que no serían más que “ trabajadores sin beneficios
sociales” la contratación o cese de estos trabajadores SAS se regiría por las
normas del mercado, y no por las normas laborales.
Otros claros ejemplos en el mundo, los observamos en las frustradas reformas
laborales en Francia, España, entre otros.
ALGUNAS CONCLUSIÓNES
Este artículo nos lleva a considerar que el concepto de trabajo decente tiene
dos cualidades: representa un piso mínimo en cuanto a la calidad del empleo
que todos los trabajadores deberían disfrutar para poder desplegar las
capacidades que requieren para satisfacer, de la mejor forma posible, sus

necesidades, elevar su productividad y contribuir de esta forma a fortalecer el
tejido y la cohesión social; a la vez, representa una aspiración que los
gobiernos y la sociedad en general pueden utilizar como un medio para orientar
las políticas laborales que eleven las capacidades, en su dimensión integral, de
los trabajadores, para avanzar hacia una sociedad justa y una economía
productiva.
Reflexiones como las que hemos realizado son de gran importancia para la
sociedad, debido a que no sólo debe importar el número de empleos que se
crean, sino también la calidad de los mismos. Esto nos muestra que las
políticas públicas a nivel nacional, como la determinación de los salarios
desvinculados de la inflación y la productividad, aun en estados que se
encuentran más desarrollados, imprimen su sello y marcan tendencias que
trastocan las condiciones de realización de las capacidades de la población,
generan tendencias de exclusión, restringen el mercado interno y crean
condiciones que debilitan la cohesión social y la fortaleza de las instituciones.
Por ello, pensar en la oferta de trabajo desde la perspectiva del trabajo decente
constituye una estrategia de enorme relevancia hacia la transición de
sociedades que buscan disminuir la desigualdad social y mejorar la equidad de
oportunidades.
Para que la eficiencia económica y la eficiencia social vayan de consuno, todos
los miembros de la sociedad hombres y mujeres por igual, jóvenes y viejos,
capacitados y discapacitados han de ser conscientes de su potencial humano
para contribuir al desarrollo y beneficiarse plenamente del crecimiento.
Cada tanto, alguna estadística nos advierte sobre lo que se vino procesando
delante de nuestras propias narices.
El despojo de los derechos frente a una identidad sin horizonte, parece ser la
alarma que nos asiste a tantos argentinos que vemos con estupor la cruda
realidad de los días.
El Estado Social de Derecho no será posible si no se reconstruyen
definitivamente las bases del contrato social, del contrato moral que la sociedad
reclama.

Pero es necesario reconstruir la ética, una ética del futuro, pero no una ética
futura, sino una ética del presente que sirva para el futuro, y pueda sentar las
bases de un trabajo decente, para que de una vez por todas podamos asomar
a una ventana real sin pensar que estamos frente al ilusorio de alguna utopía
Suelo decir con total sarcasmo que Nietzche (Niche) debe haber vivido en
Argentina. El padre del nihilismo construyó “ el mito del eterno retorno”, una
teoría filosófica que presenta a la historia como ciclos que se repiten y que
siempre acaban en el punto de arranque para repetirse otra vez.
No hagamos del milagro de vivir, que es pura evolución, un libro de texto
inmodificable. Como escribió Borges: “ las manchas de la piel son un mapa de
las incorruptibles constelaciones”
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