SUSPENSION DISCIPLINARIA: IMPUGNACION Y POSTERIOR PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE RECLAMO  ANTE EL MINISTERIO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (ART.17 LEY 10149)

ZORAIDA MALVICINO I.- LAS FACULTADES DISCIPLINARIAS DEL EMPLEADOR. Entre las funciones más importantes del empleador se encuentran  las facultades de dirección, de control, el poder reglamentario, y como consecuencia de las mismas nace el PODER DISCIPLINARIO que tiene como fin servir de elemento preventivo y en su caso correctivo ante el incumplimiento de los deberes … Leer más